Con la promulgación de la Ley provincial 1202 el Gobierno adhirió a la Ley Nacional 26.873 que permite la creación de ‘Espacios Amigo de la Lactancia Materna’. USHUAIA.- Mediante la promulgación de la Ley Provincial 1202, el ejecutivo provincial adhirió a la Ley Nacional 26.873 de Promoción Concientización pública acerca de la importancia de la Lactancia Materna, que propone la creación, en el ámbito público y privado, espacios denominados “Espacio Amigo de la Lactancia Materna”, el cual estará acondicionado para facilitar un adecuado amamantamiento de los infantes.
Además, esta Ley Nacional se encuentra alineada y en concordancia con lo dispuesto por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Alianza Mundial por la Lactancia Materna (WABA), debiéndose realizar campañas de concientización sobre los beneficios de esta tarea tan importante.
El Gobierno Provincial, a través del Ministerio de Salud, será la autoridad de aplicación de la Ley, como así también el encargado de capacitar a los agentes de salud, promotores sociales y cuidadores acerca de los beneficios y ventajas de la lactancia natural. Además de convocar a organismos estatales, no gubernamentales y asociaciones gremiales para conformar una Comisión Reguladora Multisectorial que audite la correcta implementación de la Ley.
Por su parte la directora de Promoción y Cobertura Universal de Salud, Verónica Pani, expresó que «la lactancia materna aporta múltiples beneficios para la salud física y emocional, tanto del recién nacido como de la madre» y por tal motivo consideró que «promover y facilitar la lactancia materna desde la Salud Pública es fundamental».
Además, Pani detalló que «la Organización Mundial de la Salud y UNICEF aconsejan la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses y, en lo posible, que se prolongue hasta los dos años o más» y agregó que esto “fortalece vínculo entre la madre y el bebé, ya que a muchas mamás se le dificulta sostener la lactancia cuando tienen que trabajar o estudiar» por lo que «es muy importante que las mujeres se sientan apoyadas y acompañas en esta etapa y que cuenten con espacios adecuados para amamantar a sus bebés».
Promoción y concientización pública
En la Argentina la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744 y sus modificatorias) establece en su artículo 179° que toda madre trabajadora dispone, durante al menos un año, de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo durante la jornada de trabajo. Si el niño no está cerca, la madre puede sumar esos descansos y trabajar una hora menos por día, o bien utilizarlos para sacarse leche y conservarla en un recipiente limpio y dentro de una heladera, hasta su hora de salida del trabajo para que al día siguiente, la persona que cuida a su bebé puede dársela en su ausencia, ya que la leche humana guardada en heladera –sin congelar– conserva sus propiedades hasta por tres días.
La norma, está orientada a extender y ampliar la promoción y la concientización pública sobre la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta dos años de edad.
Una novedosa iniciativa contenida en esta ley, a instancias del Ministerio de Salud de la Nación, se refiere al apoyo a la madre trabajadora en período de lactancia y al establecimiento de “Espacios Amigos de la Lactancia” en los lugares de trabajo, que ha comenzado a divulgarse y extenderse entre empresas y empleadores de distinta envergadura.
Los favorecidos por esta estrategia no son únicamente el niño y su madre, que obtienen beneficios para su salud, tanto inmediatos como a largo plazo, sino también los empleadores de esas madres y la sociedad toda, ya que los niños amamantados son más sanos y se enferman menos.