El fallo de un Tribunal de Juicio Oral incluye por primera vez en la provincia, además de la condena que fue de 6 años de prisión, el pago de una compensación económica a la víctima por 380 mil pesos. Eso surgió de la propuesta que las partes habían hecho en juicio, aunque con la idea de los imputados de evadir una condena.
RIO GRANDE.- Un fallo ejemplificador -emitieron los jueces Eduardo López, Daniel Borrone y Martín Bramatti- condenó a la pena de 6 años de prisión a Ronni Rodríguez Parra, su padre Ronni Leonardo Rodríguez Rosario y al joven Robín Bonilla Minaya, todos como coautores del delito de “homicidio en grado de tentativa”.
Asimismo, el fallo rechazó el planteo de la extinción penal por parte de la querella y la defensa para acordar una recomposición dineraria, pero acto seguido el tribunal consideró esa propuesta a pesar de la condena, y aplicó a los tres imputados pagar “en forma solidaria” la suma de 380 mil pesos a la víctima “en concepto de indemnización de daño material y moral causado”.
Esta sanción es la primera vez que se impone en un juicio penal, por lo que ahora quedará conocer en los fundamentos del tribunal el 14 de noviembre, cómo se llegó a la misma.
Finalmente, se notificó a Migraciones de la condena a fin de que ordene las medidas que estime pertinente, y se mantienen las restricciones a la libertad de los imputados, quienes recién irán a prisión una vez que la sentencia quede firme.
Para ello aún tienen una última instancia de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, la cual una vez resuelta, con una confirmación del Tribunal de Juicio, los condenados deberán ser llevados a la cárcel para cumplir la pena impuesta.
Las víctimas conformes
Al finalizar la audiencia el padre de Luis Haro se mostró conforme con el fallo y la indemnización a su hijo; “hubo cambios muy profundos en su vida” a partir de lo sucedido, “era lo que esperábamos, creo que está bien eso porque tuvimos muchos problemas”, dijo.
En cuanto a las secuelas del hecho en su hijo, quien tiene aún alojado un proyectil en la cabeza, “esto lo afectó mucho, no tiene una vida normal”, señaló.
Por su parte el abogado que los representó, Dr. Daniel Mandolini, expresó tras el fallo; “ya habíamos manifestado nuestra intención como parte, y no hay que objetar a lo fallado”, dijo respecto de la reparación económica que habían solicitado al inicio del juicio.
“La indemnización es de ejecución obligatoria, no soluciona nada pero alivia la cuestión económica y por lo menos quedamos conformes con el fallo”, concluyó.