El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, condenó ayer al hombre de 24 años que estaba acusado del delito de grooming y amenazas, ya que en 2014 solicitaba a menores de edad que le enviaran fotos eróticas para luego amenazar a sus víctimas con el argumento de divulgar dichas imágenes en las redes sociales.
USHUAIA.- El Juicio que se inició y concluyó ayer, fue a puertas cerradas debido a que las víctimas eran menores de edad. El acusado que contó con la defensa del abogado Alejandro Berola, accedió a prestar declaración indagatoria. En su descargo admitió que había cometido los hechos y pidió perdón a las víctimas por haberlas acosado.
Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla, escucharon los alegatos a media jornada. El fiscal Eduardo Urquiza pidió que se condenara al acusado a 3 años de prisión en suspenso. Los jueces consideraron contundentes los elementos de prueba en contra del acusado y finalmente terminaron condenando al sujeto a 3 años de prisión en suspenso.
Según informó el poder judicial, al hombre se le imputaban dos hechos; en el primero de ellos, habría amenazado en forma coactiva, obligando a 2 niñas a enviarles fotografías con contenido erótico, a quienes luego les solicitó que accedan a un encuentro personal.
Según se desprende del requerimiento de elevación a juicio, las amenazas consistían básicamente en “hacer públicas las conversaciones y escarchar a las nenas en la escuela”.
Todo ello, ocurrió en diciembre de 2014, mediante conversaciones que transcurrieron vía Whatsapp y Facebook, donde “el hombre simuló estar enamorado, con el único fin de lograr un encuentro sexual”, cita el escrito.
El segundo hecho que se le imputaba, es el contacto que habría mantenido vía Whatsapp, con una niña que al momento de la denuncia (año 2015) tenía 13 años, cuando el hombre le pidió a la adolescente que se sacara fotos y se las enviara, y a quien además trató de convencer para mantener un encuentro íntimo, a cambio de ofrecerle dinero en efectivo.
No obstante, a raíz de la negativa de la niña, “el hombre amenazó con publicar una foto de ella, aparentemente trucada o editada, de su rostro y partes íntimas en su Facebook”.
La acusación
Para el representante del Ministerio Público Fiscal, Eduardo Urquiza, quedó debidamente probado que el acosador fue autor de las figuras previstas para los delitos de grooming en concurso ideal con amenazas coactivas, y estos a su vez, en concurso real con amenazas coactivas.
En Tierra del Fuego, la primera condena por el delito de grooming fue en Ushuaia oportunidad en la que el Tribunal de Juicio de esta ciudad, condenó a un hombre a la pena de 2 años de prisión en suspenso, y le impuso reglas de conducta, por un hecho que tuvo lugar en 2014.
Qué es el grooming
En la Argentina, el grooming es un delito penal, descripto en la Ley 26.904, sancionada el 13 de noviembre de 2013.
El artículo 131 del Código Penal indica que: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.