AFARTE, con apoyo del Gobierno, pidió suspender una resolución de Industria de noviembre de 2015 y que debería entrar en plena vigencia este año. La misma exige poner en marcha un proceso productivo que “obligaría a onerosas inversiones y encarecimientos de la estructura de costos” para la fabricación de celulares.
USHUAIA.- El 9 de marzo, en ocasión de la primera reunión del año de la Comisión del Area Aduanera Especial (CAAE), la cámara empresaria de AFARTE presentó un pedido para suspender una resolución de Industria sobre la fabricación de celulares, entendiendo que la situación de coyuntura actual no es la adecuada para cumplir con sus exigencias.
Con la firma de Federico Hellemeyer, presidente de AFARTE, la Comisión del Area Aduanera Especial dio tratamiento a una nota referida a la producción de ERMC (Equipos de Radiocomunicaciones Móviles Celulares), solicitando la suspensión de una medida dictada en noviembre de 2015 por la ex Secretaría de Industria de la Nación y que debía comenzar a aplicarse a partir de este año.
En los artículos 14 y 16, de la resolución 1219, del 19 de noviembre de 2015, se imponen “condiciones que en la coyuntura actual (caída en el consumo y producción), obligarían a onerosas inversiones y encarecimientos de la estructura de costos y por ende del precio del producto, que, entendemos, conspirarían contra los objetivos de competitividad”, dice la nota de AFARTE.
Apoyo de Gobierno
En la reunión de la Comisión de Area Aduanera Especial, también se trató un nota firmada por el ministro de Industria de la Provincia, Ramiro Caballero, la cual expresa que “desde la provincia se comparte la visión de los argumentos de la solicitud efectuada por AFARTE”.
“Para el caso de fabricación de celulares, desde nuestro concepto requiere la implementación de medidas urgentes tendientes por un lado a sostener los modelos en producción y, por el otro, posibilitar la producción de equipos de última tecnología de forma simultánea con el resto del mundo”, indica la carta del funcionario del Gobierno.
Antecedente, acata CAAE 574 del 27 de abril de 2016 se resolvió suspender los requerimientos establecidos en los artículos 10 y 20 referidos a la incorporación de aplicativos de propósitos especifico en teléfonos inteligentes (mecanismo de seguridad y aplicación contenedora).