El Tribunal de Juicio Oral condenó a Cristian Juan Pablo Crespi a la pena de 4 años de prisión por “lesiones graves” agravadas por el vínculo con la joven que fue su ex pareja, a quien baleó. La pena fue menor a la solicitada por el fiscal ya que se entendió no correspondía el agravante del uso de arma que estaría absorbido dentro de la figura ya impuesta.
RIO GRANDE.- Ayer al mediodía, el presidente del Tribunal de Juicio en lo Criminal, juez Pablo Martín Bramatti, secundado de los jueces Daniel Borrone y Juan José Varela, dio lectura al veredicto que condenó a 4 años de prisión a Cristian “Chino” Crespi por el hecho cometido el 26 de septiembre del año pasado contra su exnovia, Araceli Nahuel.
La sentencia importó la pena en razón de la carátula de “lesiones graves calificadas por el vínculo”, desestimándose lo solicitado por el fiscal de agregar además el agravante del “uso de arma de fuego”, entendiendo los jueces que esto quedaría absorbido dentro de la figura penal ya impuesta, o sea las lesiones graves.
Asimismo no se declaró reincidente por tercera vez a Crespi, quien ya contaba con tres condenas anteriores, por lo que la pena impuesta distó de lo solicitado por el fiscal Pablo Candela, quien había alegado por una pena de 6 años y medio de prisión. De igual forma el fiscal se retiró con conformidad ante “el logro de la condena”. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el 29 de mayo.
El Fiscal Candela indicó que de acuerdo a la condena aplicada al acusado Crespi, el Tribunal de Juicio no aceptó encuadrar el delito con el agravante establecido en el artículo 41 bis del Código Penal, lo que hubiera permitido elevar el mínimo de la pena a cuatro años de prisión. Cabe indicar que en sus alegatos, efectuados el miércoles, había solicitado una condena de 6 años y medio de prisión, además, que se lo declare reincidente por tercera vez.
Una barbaridad
Por su parte, el abogado particular, Juan Ladereche, también hizo declaraciones tras la conclusión de la lectura del veredicto, señalando que “lo pedido por el Fiscal era una barbaridad que no tenía ninguna consistencia” y criticó la actuación del doctor Candela indicando que “ni siquiera hizo una pericia psicológica a la víctima para saber si se estaba ante un caso de violencia de género”.
El doctor Ladereche dijo que “en toda la actuación de la causa hubo una impericia del Fiscal” y adelantó que “vamos a presentar un recurso de casación, una vez que el 29 de mayo conozcamos los fundamentos, teniendo en cuenta las pruebas que existen en la causa y no aquella que no hizo nunca el Fiscal”.